Certificado de estar al corriente de pago en Hacienda
Por: Dario Herrera
22/09/2025Obtener el certificado de estar al corriente de pago en Hacienda es un requisito fundamental para muchos trámites empresariales, contrataciones públicas y gestiones administrativas. Este documento acredita que tienes cumplidas todas tus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En esta guía completa aprenderás cómo solicitar el certificado de estar al corriente con Hacienda, qué requisitos debes cumplir, el procedimiento paso a paso para obtenerlo online, los plazos de validez y todas las situaciones donde es obligatorio presentar este documento.
Qué es el certificado de estar al corriente de pago en Hacienda
El certificado de estar al corriente de pago en Hacienda es un documento oficial expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que acredita que una persona física o jurídica tiene cumplidas todas sus obligaciones tributarias con el Estado.
Finalidad del certificado
Este documento sirve para demostrar el cumplimiento fiscal en múltiples situaciones:
Contratación pública: Requisito obligatorio para participar en licitaciones y concursos públicos.
Subvenciones y ayudas: Condición necesaria para solicitar y cobrar subvenciones oficiales.
Trámites administrativos: Exigido en determinados procedimientos con organismos públicos.
Operaciones comerciales: Solicitado por algunas empresas privadas para acreditar solvencia fiscal.
Diferencia entre certificados positivo y negativo
Certificado positivo: Acredita que estás al corriente de tus obligaciones tributarias con Hacienda.
Certificado negativo: Informa que tienes deudas pendientes con la Administración tributaria, especificando el importe y naturaleza de las mismas.
Vigencia del certificado
El certificado de estar al corriente con Hacienda tiene una validez de 6 meses desde su fecha de expedición. Pasado este período, debes solicitar uno nuevo si necesitas acreditar tu situación fiscal.
Cuándo necesitas el certificado de estar al corriente con Hacienda
Existen múltiples situaciones donde es obligatorio o recomendable presentar este certificado para demostrar tu cumplimiento fiscal.
Contratación con el sector público
Licitaciones públicas: Todas las empresas que quieran contratar con organismos públicos deben acreditar estar al corriente con Hacienda.
Contratos menores: Aunque no siempre es obligatorio, muchos organismos lo exigen incluso para contratos de menor cuantía.
Renovación de contratos: Necesario para prorrogar o renovar contratos públicos existentes.
Solicitud de subvenciones y ayudas
| Tipo de ayuda | Exigencia certificado | Observaciones |
|---|---|---|
| Subvenciones europeas | Obligatorio | Siempre requerido |
| Ayudas autonómicas | Generalmente sí | Depende de la convocatoria |
| Subvenciones municipales | Variable | Según bases reguladoras |
| Ayudas a la innovación | Obligatorio | ICO, CDTI, etc. |
Trámites empresariales específicos
Constitución de sociedades: Algunas comunidades autónomas lo exigen para determinados tipos societarios.
Cambios de domicilio fiscal: Requerido en ciertos procedimientos de cambio de sede social.
Solicitud de aplazamientos: Necesario para solicitar fraccionamientos de deudas tributarias.
Certificaciones ISO: Algunas certificaciones de calidad requieren acreditar cumplimiento fiscal.
Requisitos para obtener el certificado
Para obtener el certificado de estar al corriente de pago en Hacienda, debes cumplir varios requisitos específicos que varían según tu situación fiscal.
Obligaciones tributarias al corriente
Declaraciones presentadas: Todas las declaraciones de IRPF, Sociedades, IVA y otros impuestos deben estar presentadas en plazo.
Pagos realizados: Las cuotas resultantes de las declaraciones deben estar ingresadas o domiciliadas correctamente.
Fraccionamientos vigentes: Si tienes aplazamientos o fraccionamientos, deben estar al corriente en sus pagos.
Procedimientos cerrados: No pueden existir procedimientos sancionadores o recaudatorios abiertos con deudas firmes.
Situaciones que impiden la obtención
Deudas en período voluntario: Cualquier deuda tributaria no pagada en los plazos establecidos.
Sanciones pendientes: Multas o recargos no abonados en período voluntario.
Declaraciones no presentadas: Ausencia de declaraciones obligatorias dentro de los plazos legales.
Procedimientos de inspección: Actuaciones inspectoras con propuestas de liquidación pendientes.
Casos especiales
Empresas en concurso: Las empresas declaradas en concurso de acreedores pueden obtener el certificado en determinadas circunstancias.
Herencias aceptadas a beneficio de inventario: Tratamiento específico para sucesiones complejas.
Sociedades en liquidación: Procedimiento particular durante los procesos de disolución societaria.
Cómo solicitar el certificado online paso a paso
El procedimiento para solicitar el certificado de estar al corriente con Hacienda se realiza completamente online a través de la sede electrónica de la AEAT.
Paso 1: acceso a la sede electrónica
URL oficial: www.agenciatributaria.es > Sede electrónica
Sistemas de identificación aceptados:
- DNI electrónico
- Cl@ve PIN
- Cl@ve Permanente
- Certificado digital reconocido
Paso 2: localizar el servicio
Ruta de navegación:
- Sede electrónica de la AEAT
- Servicios > Certificados
- "Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias"
Paso 3: seleccionar tipo de certificado
Opciones disponibles:
| Tipo certificado | Descripción | Uso recomendado |
|---|---|---|
| Personas físicas | Para individuos y autónomos | IRPF, actividades económicas |
| Personas jurídicas | Para empresas y sociedades | Impuesto de Sociedades, IVA |
| Entidades sin personalidad | Para comunidades, herencias | Situaciones específicas |
Paso 4: completar la solicitud
Datos requeridos:
- Identificación del solicitante (NIF/CIF)
- Finalidad del certificado
- Organismo o entidad destinataria
- Dirección de notificación electrónica
Paso 5: presentación y obtención
Proceso automático:
- La solicitud se procesa instantáneamente
- El certificado se genera automáticamente si cumples los requisitos
- Descarga inmediata en formato PDF
- Envío a tu dirección electrónica habilitada
Procedimiento alternativo presencial
Aunque el procedimiento online es el recomendado, también puedes solicitar el certificado de forma presencial en determinadas circunstancias.
Cuándo usar la vía presencial
Problemas técnicos: Cuando no funciona correctamente el sistema online.
Falta de medios digitales: Si no dispones de certificado digital o sistemas de identificación electrónica.
Casos complejos: Situaciones que requieren aclaración personal con funcionarios especializados.
Representación: Cuando actúas en representación de terceros sin poderes digitales.
Documentación necesaria
Para personas físicas:
- DNI original y copia
- Modelo oficial de solicitud cumplimentado
- Justificación de la finalidad del certificado
Para personas jurídicas:
- Escritura de constitución o poderes vigentes
- DNI del representante legal
- CIF de la entidad
- Documentación acreditativa de la representación
Oficinas donde solicitar
Oficinas de la AEAT: Cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.
Cita previa obligatoria: Necesario solicitar cita a través de la web o teléfono.
Horarios de atención: Generalmente de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Plazos y validez del certificado
Los plazos relacionados con el certificado de estar al corriente con Hacienda son aspectos cruciales que debes conocer para planificar correctamente tus gestiones.
Tiempo de obtención
Vía online: Inmediato si cumples todos los requisitos. El certificado se genera automáticamente tras la solicitud.
Vía presencial: Inmediato en la mayoría de casos, aunque puede requerir verificaciones adicionales.
Casos complejos: Hasta 5 días hábiles cuando es necesario realizar comprobaciones específicas.
Período de validez
Validez estándar: 6 meses desde la fecha de expedición para todos los usos.
Excepciones específicas: Algunos organismos pueden requerir certificados más recientes (3 meses o menos).
Renovación: No existe renovación automática; debes solicitar un nuevo certificado cuando expire.
Vigencia para diferentes trámites
| Trámite | Validez aceptada | Observaciones |
|---|---|---|
| Licitaciones públicas | 6 meses | Según Ley de Contratos |
| Subvenciones UE | 3 meses | Criterio más restrictivo |
| Ayudas autonómicas | Variable | Según bases reguladoras |
| Contratos privados | Negociable | Según acuerdo partes |
Qué hacer si tienes deudas con Hacienda
Cuando tienes deudas pendientes con Hacienda, no podrás obtener el certificado positivo, pero existen alternativas y soluciones para regularizar tu situación.
Identificar el tipo de deuda
Deudas en período voluntario: Todavía puedes pagarlas sin recargos adicionales dentro del plazo establecido.
Deudas en período ejecutivo: Han vencido los plazos voluntarios y se han iniciado procedimientos de apremio.
Sanciones pendientes: Multas tributarias no satisfechas en los plazos correspondientes.
Diferencias de inspección: Liquidaciones resultantes de actuaciones inspectoras no conformadas.
Opciones para regularizar
Pago inmediato: La forma más rápida de regularizar es abonar la totalidad de las deudas pendientes.
Aplazamiento o fraccionamiento: Solicitar el pago aplazado de las deudas si cumples los requisitos establecidos.
Recurso administrativo: Si no estás conforme con las liquidaciones, puedes presentar alegaciones.
Suspensión por garantías: Aportar garantías suficientes para suspender el procedimiento recaudatorio.
Procedimiento para solicitar aplazamientos
Requisitos generales:
- Deuda mínima de 1.000€ para fraccionamientos
- Situación de dificultad económica acreditada
- Estar al corriente en otras obligaciones tributarias
- No tener otros aplazamientos incumplidos
Documentación necesaria:
- Solicitud en modelo oficial
- Declaración responsable de situación económica
- Documentación acreditativa de ingresos y gastos
- Propuesta de calendario de pagos
Casos especiales y situaciones particulares
Determinadas circunstancias específicas pueden afectar al procedimiento de obtención del certificado o requerir tratamientos particulares.
Empresas en situación concursal
Declaración de concurso: Las empresas declaradas en concurso pueden obtener certificado en determinadas fases del procedimiento.
Convenio aprobado: Si se ha aprobado un convenio de acreedores y se está cumpliendo, puede obtenerse certificado positivo.
Liquidación concursal: Durante la fase de liquidación, se requiere autorización del administrador concursal.
Sucesiones y herencias
Herencias aceptadas pura y simplemente: Los herederos responden de las deudas tributarias del causante.
Aceptación a beneficio de inventario: Tratamiento específico que limita la responsabilidad al valor de los bienes heredados.
Comunidades hereditarias: Procedimiento particular para grupos de herederos que no han realizado la partición.
Entidades sin personalidad jurídica
Comunidades de bienes: Certificado específico para estas entidades sin personalidad jurídica propia.
Sociedades civiles: Tratamiento diferenciado según tengan o no objeto mercantil.
Herencias yacentes: Procedimiento específico durante el período anterior a la aceptación de la herencia.
Cambios de domicilio fiscal
Traslado entre comunidades: Verificación de cumplimiento en ambas administraciones tributarias.
Cambio de residencia al extranjero: Procedimientos específicos para no residentes fiscales.
Modificación de sede social: Comprobaciones adicionales en cambios societarios complejos.
Diferencias con otros certificados fiscales
Es importante distinguir el certificado de Hacienda de otros documentos similares para evitar confusiones en tus gestiones administrativas.
Certificado de la Seguridad Social
Diferencia fundamental: El certificado de la Seguridad Social acredita estar al corriente con las cotizaciones sociales, no con las obligaciones tributarias.
Organismos diferentes: AEAT para tributario, TGSS para Seguridad Social.
Obligatoriedad conjunta: Muchos trámites requieren ambos certificados simultáneamente.
Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias autonómicas
Ámbito territorial: Cada comunidad autónoma expide certificados sobre sus tributos propios.
Tributos incluidos: Impuestos autonómicos como Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones, etc.
Requisito adicional: Algunos trámites requieren también estar al corriente con la Hacienda autonómica.
Comparativa de certificados fiscales
| Certificado | Organismo | Tributos incluidos | Validez |
|---|---|---|---|
| AEAT | Agencia Tributaria | IRPF, IVA, Sociedades | 6 meses |
| CCAA | Hacienda autonómica | Transmisiones, Sucesiones | Variable |
| Ayuntamiento | Hacienda local | IBI, Actividades, Vehículos | Variable |
| Seguridad Social | TGSS | Cotizaciones sociales | 12 meses |
Renovación y actualización del certificado
El mantenimiento de la validez del certificado requiere atención continua a tus obligaciones fiscales y renovación periódica del documento.
Cuándo renovar
Vencimiento por plazo: Automáticamente a los 6 meses de la fecha de expedición.
Cambios en la situación fiscal: Cuando se produzcan modificaciones que puedan afectar al cumplimiento tributario.
Requerimiento específico: Si el organismo destinatario solicita certificado más reciente.
Nuevas obligaciones: Tras presentar declaraciones que modifiquen la situación fiscal.
Proceso de renovación
Mismo procedimiento: La renovación sigue exactamente el mismo proceso que la solicitud inicial.
Sin automação: No existe renovación automática; debes solicitar un nuevo certificado.
Verificación actualizada: El sistema verifica tu situación fiscal en el momento de la nueva solicitud.
Seguimiento de obligaciones
Calendario fiscal: Mantén un control riguroso de todas las fechas de vencimiento.
Domiciliaciones: Asegúrate de que las domiciliaciones bancarias funcionan correctamente.
Declaraciones: Presenta todas las declaraciones obligatorias dentro de plazo.
Pagos fraccionados: Si tienes aplazamientos, cumple rigurosamente el calendario acordado.
Recursos y reclamaciones
Cuando no estás conforme con la denegación del certificado o consideras que existe error en tu situación fiscal, dispones de varios mecanismos de recurso.
Motivos de denegación más frecuentes
Declaraciones no presentadas: Ausencia de declaraciones obligatorias en los plazos establecidos.
Deudas pendientes: Liquidaciones no pagadas en período voluntario de pago.
Errores en identificación: Problemas en la identificación del solicitante o datos incorrectos.
Procedimientos abiertos: Actuaciones inspectoras o sancionadoras en curso.
Procedimientos de recurso
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que denegó el certificado, en el plazo de un mes.
Reclamación económico-administrativa: Ante el Tribunal Económico-Administrativo competente.
Recurso contencioso-administrativo: Ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Documentación para el recurso
Alegaciones fundamentadas: Exposición detallada de los motivos de disconformidad.
Pruebas documentales: Justificantes de pagos, presentación de declaraciones, etc.
Propuesta de resolución: Solicitud concreta de lo que pretendes que se resuelva.
Preguntas frecuentes sobre el certificado
¿Cómo solicito el certificado de estar al corriente con Hacienda?
Puedes solicitar el certificado online a través de la sede electrónica de la AEAT (www.agenciatributaria.es). Necesitas identificarte con DNI electrónico, Cl@ve o certificado digital. El proceso es inmediato si cumples todos los requisitos fiscales. También puedes solicitarlo presencialmente en cualquier oficina de la AEAT con cita previa, presentando DNI y justificación de la finalidad del certificado.
¿Cuánto tiempo tarda en expedirse el certificado?
La expedición es inmediata si solicitas el certificado online y tienes todas tus obligaciones fiscales al día. El sistema genera automáticamente el documento tras verificar tu situación. En casos complejos o cuando se requieren comprobaciones adicionales, puede tardar hasta 5 días hábiles. La vía presencial también suele ser inmediata, aunque puede requerir verificaciones puntuales.
¿Qué validez tiene el certificado de estar al corriente en Hacienda?
El certificado tiene validez de 6 meses desde su fecha de expedición para la mayoría de trámites. Sin embargo, algunos organismos pueden requerir certificados más recientes (3 meses o menos), especialmente para subvenciones europeas o determinadas licitaciones. No existe renovación automática; debes solicitar un nuevo certificado cuando expire el anterior.
¿Puedo obtener el certificado si tengo deudas con Hacienda?
No puedes obtener certificado positivo si tienes deudas pendientes con Hacienda. En estos casos, el sistema te expedirá un certificado negativo especificando las deudas existentes. Para solucionarlo, debes pagar las deudas inmediatamente o solicitar un aplazamiento/fraccionamiento. Una vez regularizada tu situación o aprobado el aplazamiento y al corriente en los pagos, podrás obtener el certificado positivo.
¿Es obligatorio el certificado para todas las licitaciones públicas?
Sí, es obligatorio para participar en licitaciones y contratos públicos según la Ley de Contratos del Sector Público. Debes presentar tanto el certificado de Hacienda como el de la Seguridad Social. Algunas administraciones también exigen estar al corriente con las haciendas autonómicas y locales. El certificado debe estar vigente en el momento de presentación de la oferta y, en algunos casos, también en el momento de adjudicación del contrato.
Conclusión
El certificado de estar al corriente de pago en Hacienda es un documento fundamental para cualquier actividad empresarial que implique relaciones con organismos públicos o solicitud de ayudas oficiales. Su obtención requiere mantener una situación fiscal impecable con todas las obligaciones tributarias al día.
El procedimiento online através de la sede electrónica de la AEAT es la forma más eficiente de obtener este certificado, proporcionando respuesta inmediata cuando cumples todos los requisitos. La planificación fiscal adecuada es clave para asegurar que siempre puedas disponer de este documento cuando lo necesites.
Mantener el cumplimiento fiscal no solo te permite obtener el certificado, sino que también evita sanciones, recargos y complicaciones administrativas que pueden afectar gravemente a tu actividad empresarial. La prevención y el control continuado de tus obligaciones tributarias son fundamentales.
La validez de 6 meses del certificado requiere planificación en tus gestiones administrativas, especialmente si participas habitualmente en licitaciones públicas o solicitas subvenciones con frecuencia. Mantener un calendario de renovaciones te ayudará a evitar retrasos en procedimientos importantes.
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Bibliografía y fuentes
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) - Certificados tributarios oficiales - Procedimientos oficiales de solicitud
- Boletín Oficial del Estado (BOE) - Ley 58/2003 General Tributaria - Marco legal de obligaciones tributarias
- Ministerio de Hacienda y Función Pública - Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público - Requisitos para contratación pública
- Tribunal Económico-Administrativo Central - Procedimientos de recurso tributario - Recursos contra denegaciones
- Sede Electrónica de la AEAT - Servicios electrónicos tributarios - Procedimientos telemáticos oficiales
- Colegio de Economistas de Madrid - Guía práctica de certificados fiscales - Manual profesional especializado
- Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos - Manual de tramitación administrativa - Procedimientos administrativos
- Instituto de Estudios Fiscales - Documentación sobre cumplimiento tributario - Estudios especializados en fiscalidad
- Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) - Guía del autónomo ante Hacienda - Obligaciones fiscales de autónomos
- Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) - Manual empresarial de cumplimiento fiscal - Perspectiva empresarial sobre obligaciones tributarias
Dario Herrera
Foundador
