Intereses de demora en facturas impagadas 2025: Guía completa con calculadora

Los intereses de demora son una compensación económica automática que tiene derecho a cobrar todo acreedor cuando su cliente paga una factura fuera de plazo. En 2025, con una tasa del 11% anual para operaciones comerciales, estos intereses pueden representar cantidades significativas en impagos prolongados.

Por: Dario Herrera

06/10/2025

Qué son los intereses de demora

Los intereses de demora son una indemnización legal automática por el retraso en el pago de una deuda dineraria.

Concepto jurídico: Los intereses de demora son la cantidad adicional que debe pagar un deudor por el simple hecho de retrasar el pago de una deuda más allá del plazo establecido. No requieren reclamación previa ni justificación del perjuicio causado: se generan automáticamente desde el día siguiente al vencimiento.

Base legal:

  • Ley 3/2004 contra la morosidad: Regula los intereses en operaciones comerciales entre empresas
  • Código Civil (Art. 1108): Establece el derecho general a intereses moratorios
  • Ley 37/1992 del IVA: Tratamiento fiscal de los intereses cobrados

Naturaleza y características

CaracterísticaDetalleImplicación práctica
AutomáticosSe generan sin necesidad de reclamaciónNo hay que pedir permiso para cobrarlos
IndemnizatoriosCompensan el perjuicio económicoIndependientes de otros daños
LegalesTasa fijada por ley anualmenteNo negociables a la baja
AcumulativosSe suman día a díaCuanto más tarde, más intereses
ReclamablesDerecho exigible judicialmenteEjecutables junto a deuda principal
TributablesSujetos a IRPF/IS como ingresoDeclarar fiscalmente

Finalidad económica y jurídica

Objetivos de los intereses de demora:

  1. Compensar el coste financiero: El acreedor pierde la disponibilidad del dinero
  2. Indemnizar el perjuicio: Daño por no poder usar ese capital
  3. Efecto disuasorio: Desincentivar los pagos tardíos
  4. Restablecer equilibrio: Nadie debe beneficiarse del incumplimiento

Diferencia con intereses remuneratorios:

  • Remuneratorios: Retribuyen el uso del capital prestado (préstamos)
  • Moratorios: Penalizan el retraso en el pago (impagos)

Tipos de interés de demora en 2025

Las tasas de interés de demora varían según el tipo de operación y están fijadas anualmente.

Interés de demora en operaciones comerciales

Tasa 2025: 11,00% anual

Este es el interés aplicable a operaciones comerciales entre empresarios o profesionales (B2B).

Cálculo de la tasa:

Interés legal del dinero (2025): 3,00%
+ Incremento legal: 8 puntos porcentuales
= Interés de demora comercial: 11,00%

Ámbito de aplicación:

  • Operaciones entre empresas
  • Operaciones entre autónomos
  • Empresa a autónomo y viceversa
  • Sociedades mercantiles entre sí
  • Profesionales liberales colegiados

Marco legal:

  • Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad (Art. 7)
  • Se actualiza cada año con Ley de Presupuestos
  • Aplicación automática salvo pacto superior

Interés de demora en el sector público

Tasa 2025: 11,00% anual

Desde 2013, el interés para pagos de administraciones públicas se equiparó al sector privado.

AdministraciónInterés aplicablePlazo máximo pago
Administración General del Estado11,00%30 días
Comunidades Autónomas11,00%30 días
Ayuntamientos11,00%30 días
Organismos autónomos11,00%30 días
Sector sanitario11,00%60 días (excepción)

Particularidades sector público:

  • Inicio cómputo: desde certificación o factura conforme
  • Cálculo automático por la administración
  • No requiere reclamación expresa
  • Se pagan junto con la factura principal

Tasa 2025: 3,00% anual

Aplicable en situaciones distintas a operaciones comerciales.

Cuándo se aplica:

  • Responsabilidad civil extracontractual
  • Indemnizaciones por daños y perjuicios
  • Devoluciones de la Administración Tributaria
  • Condenas judiciales genéricas
  • Operaciones con consumidores (si no hay pacto)

Interés de demora tributario

Tasa 2025: 4,0625% anual

Para deudas con la Agencia Tributaria.

ConceptoTasaAplicación
Interés legal + 25%4,0625%Deudas con Hacienda
Interés legal3,00%Devoluciones de AEAT

Cálculo:

Interés legal (3%) × 1,25 = 3,75%
Redondeado: 4,0625% (ajuste técnico 2025)

Comparativa histórica de tasas

AñoLegal dineroDemora comercialDemora tributario
20253,00%11,00%4,0625%
20243,25%11,25%4,0625%
20233,25%11,25%4,0625%
20223,00%11,00%3,75%
20213,00%11,00%3,75%
20203,00%11,00%3,75%

Cómo calcular los intereses de demora

El cálculo de intereses de demora sigue una fórmula matemática precisa que debes dominar.

Fórmula básica de cálculo

Fórmula general:

INTERESES = Capital × Tasa anual × (Días de retraso / 360)

Componentes:

  • Capital: Importe principal de la factura impagada (sin IVA)
  • Tasa anual: Porcentaje aplicable (11% comercial en 2025)
  • Días de retraso: Desde vencimiento +1 hasta pago o reclamación
  • 360: Base de cálculo anual comercial (año de 360 días)

Paso a paso para calcular

Ejemplo práctico completo:

DATOS:
Factura nº: 2025-045
Importe: 5.000€ (sin IVA)
Fecha emisión: 15/01/2025
Plazo pago: 60 días
Fecha vencimiento: 15/03/2025
Fecha pago real: 30/04/2025

PASO 1: Calcular días de retraso
Vencimiento: 15/03/2025
Pago: 30/04/2025
Días transcurridos: 46 días

PASO 2: Aplicar la fórmula
Capital: 5.000€
Tasa: 11% = 0,11
Días: 46
Base: 360

PASO 3: Cálculo
5.000 × 0,11 × (46/360) = 70,28€

RESULTADO:
Importe principal: 5.000,00€
Intereses de demora: 70,28€
Compensación costes: 40,00€
TOTAL A RECLAMAR: 5.110,28€

Consideraciones especiales en el cálculo

¿Sobre qué se calculan los intereses?

Base de cálculo¿Incluir?Motivo
Importe principal facturaBase de la deuda
IVA de la facturaNOSolo principal
Descuentos aplicadosNOYa descontados
Gastos de envíoSi forman parte del precio
Intereses previosNONo anatocismo

¿Cuántos días contar?

Inicio del cómputo:

  • Día siguiente al vencimiento del plazo de pago
  • Si vencimiento en festivo: siguiente día hábil
  • Se cuenta desde las 00:00 del día de inicio

Fin del cómputo:

  • Día del pago efectivo (inclusive)
  • O día de la reclamación judicial formal
  • Hasta las 23:59 del día final

Cálculo de días:

Ejemplo:
Vencimiento: 15 de marzo (martes)
Pago: 20 de marzo (domingo)

Inicio intereses: 16 de marzo
Fin intereses: 20 de marzo
Total días: 5 días (16,17,18,19,20)

Herramientas y calculadoras

Calculadora manual (Excel/Google Sheets):

FÓRMULA EXCEL:
=IMPORTE_PRINCIPAL * 0,11 * (DIAS_RETRASO/360)

Donde:
IMPORTE_PRINCIPAL: celda con el importe
DIAS_RETRASO: =(FECHA_PAGO - FECHA_VENCIMIENTO)

Ejemplo:
=A2*0,11*(B2/360)

A2: 5000
B2: =DIAS(D2,C2) donde D2=fecha pago, C2=fecha vencimiento

Calculadoras online recomendadas:

  • Calculadora AEAT (intereses tributarios)
  • Calculadoras de colegios profesionales
  • Apps especializadas en gestión de cobros

Software de facturación:

  • Holded: cálculo automático integrado
  • Sage: módulo de intereses incluido
  • Recobro.net: cálculo automático en tiempo real

Cuándo se aplican los intereses

Los intereses de demora se generan automáticamente en situaciones específicas.

Momento de inicio del devengo

Inicio automático:

Los intereses empiezan a contarse desde el día siguiente al vencimiento del plazo de pago, sin necesidad de:

  • Requerimiento previo al deudor
  • Reclamación formal
  • Carta certificada
  • Notificación de ningún tipo

Determinación del vencimiento:

SituaciónVencimientoInicio intereses
Plazo pactado explícitoFecha indicadaDía siguiente
"30 días factura"30 días desde emisiónDía 31
"60 días entrega"60 días desde recepciónDía 61
Sin plazo pactado60 días desde factura (legal)Día 61
Sector público30 días desde conformeDía 31
Productos perecederos30 días desde entregaDía 31

Ejemplo temporal:

LÍNEA DE TIEMPO:

15 Marzo - Vencimiento factura
           ↓ (plazo cumplido)
16 Marzo - INICIO INTERESES DEMORA (día 1)
           ↓
17 Marzo - Día 2 de intereses
           ↓
18 Marzo - Día 3 de intereses
           ↓
           ...
30 Abril - Pago realizado (día 46)
           ↓
CÁLCULO: 46 días × 11% anual

Casos especiales de devengo

Factura con verificación necesaria:

Si el contrato establece un plazo de verificación:

  • Máximo 30 días para verificar
  • Tras verificación: comienza plazo pago (60 días máx)
  • Total máximo: 90 días
  • Intereses desde día 91 si no paga

Pagos parciales:

FACTURA: 10.000€
Vencimiento: 15 de marzo

Pago parcial 1: 4.000€ (20 marzo - 5 días retraso)
Intereses: 4.000 × 0,11 × (5/360) = 6,11€

Pendiente: 6.000€
Pago parcial 2: 6.000€ (10 abril - 26 días retraso)
Intereses: 6.000 × 0,11 × (26/360) = 47,67€

TOTAL INTERESES: 53,78€

Aplazamientos acordados:

Si tras el vencimiento se acuerda aplazamiento:

  • Intereses ya generados: se mantienen
  • Nuevo plazo: puede pactarse interés diferente
  • Por escrito: imprescindible documentar

Límites y restricciones legales

Aunque los intereses de demora son un derecho, existen límites y condiciones.

Límites máximos aplicables

Límite de usura (Ley Azcárate):

Los intereses de demora no pueden ser usurarios. Se considera usura:

  • Interés notablemente superior al normal del dinero
  • Manifiestamente desproporcionado
  • En circunstancias del caso

En la práctica:

  • El 11% legal NO es usurario
  • Pactos privados >20% anual pueden serlo
  • Tribunales analizan caso por caso
  • Cláusulas abusivas son nulas

Límites según tipo de deudor:

Tipo deudorLímite máximoBase legal
Empresas (B2B)11% mínimo legalLey 3/2004
Sector público11% (igualado)Ley 9/2017
ConsumidoresInterés legal + límite razonableLey Consumidores
Contratos adhesiónNo abusivoLey 7/1998

Pactos sobre intereses

Pactos válidos:

Permitido pactar:

  • Interés superior al 11% legal (si no es usurario)
  • Forma de cálculo específica
  • Devengo en momentos determinados
  • Intereses sobre saldos parciales

Ejemplo de cláusula válida:

"En caso de retraso en el pago, se aplicará un interés
de demora del 12% anual sobre el importe pendiente, 
calculado sobre 360 días, desde el vencimiento hasta 
el pago efectivo."

Pactos nulos:

Prohibido pactar:

  • Interés inferior al 11% (se aplicará el legal)
  • Renuncia a intereses de demora
  • Anatocismo (intereses sobre intereses) sin pacto
  • Cláusulas oscuras o poco transparentes

Ejemplo de cláusula nula:

"Las partes acuerdan que no se aplicarán intereses 
de demora en caso de retraso en el pago."

NULA: El 11% se aplica automáticamente por ley

Intereses sobre intereses (anatocismo)

Regla general: Los intereses NO generan nuevos intereses automáticamente.

Excepciones donde SÍ se permite:

  1. Pacto expreso posterior al vencimiento
  2. Reclamación judicial: Desde demanda
  3. Capitalización anual: Si hay acuerdo

Ejemplo prohibido:

❌ INCORRECTO:

Deuda: 10.000€
Intereses 1º año: 1.100€
Total: 11.100€

Intereses 2º año: 11.100 × 0,11 = 1.221€
(capitaliza intereses anteriores)

Ejemplo correcto:

✅ CORRECTO:

Deuda: 10.000€
Intereses 1º año: 10.000 × 0,11 = 1.100€
Intereses 2º año: 10.000 × 0,11 = 1.100€

Ambos años sobre capital original
Total 2 años: 2.200€

Cómo reclamar los intereses de demora

Los intereses se pueden reclamar de varias formas según la situación.

Inclusión en requerimiento de pago

Primera reclamación formal:

El requerimiento debe incluir cálculo detallado:

REQUERIMIENTO DE PAGO

Deudor: [NOMBRE]
Acreedor: [NOMBRE]

DEUDA RECLAMADA:

Factura nº 2025-045
Fecha: 15/01/2025
Vencimiento: 15/03/2025

1. IMPORTE PRINCIPAL: 5.000,00€

2. INTERESES DE DEMORA (11% anual):
   Desde: 16/03/2025
   Hasta: 30/04/2025
   Días: 46
   Cálculo: 5.000 × 0,11 × (46/360) = 70,28€

3. COMPENSACIÓN COSTES (Art. 8 Ley 3/2004): 40,00€

TOTAL ADEUDADO: 5.110,28€

Se concede plazo de 10 días hábiles para el pago.

Actualización continua de intereses

Mientras no se pague:

Los intereses siguen acumulándose. Debes actualizar:

Fecha reclamaciónDíasIntereses acumuladosTotal deuda
30/04/20254670,28€5.110,28€
15/05/20256193,19€5.133,19€
31/05/202577117,64€5.157,64€
15/06/202592140,56€5.180,56€

Cláusula actualización:

"Los intereses de demora se seguirán devengando día a día
hasta el pago efectivo de la deuda, al tipo del 11% anual
sobre el capital de 5.000€."

Reclamación judicial

En procedimiento monitorio:

PETITUM (se solicita):

1. Importe principal: 5.000,00€

2. Intereses de demora:
   - Devengados hasta la fecha: 70,28€
   - Que se sigan devengando al 11% anual desde 
     16/03/2025 hasta el pago efectivo

3. Compensación costes: 40,00€

4. Costas procesales

En sentencia:

El juez condenará:

  • Principal + intereses calculados hasta sentencia
  • Intereses desde sentencia hasta pago (11% anual)
  • Costas procesales

Tratamiento fiscal de los intereses

Los intereses cobrados tienen implicaciones fiscales que debes conocer.

Para el acreedor (quien cobra)

Tributación de los intereses:

Régimen fiscalTratamientoDeclaración
Autónomos (IRPF)Rendimiento actividad económicaModelo 130/estimación directa
Sociedades (IS)Ingreso financieroCuenta de resultados
IVAExento de IVANo se factura IVA sobre intereses

Registro contable (autónomo/sociedad):

ASIENTO AL COBRAR INTERESES:

DEBE:
(572) Bancos                    70,28€

HABER:
(769) Otros ingresos financieros  70,28€

Concepto: Intereses demora factura 2025-045

IMPORTANTE: Los intereses de demora están exentos de IVA según Art. 20.Uno.18º Ley IVA.

Para el deudor (quien paga)

Deducibilidad de intereses pagados:

Deducibles:

  • Intereses por retraso en operaciones comerciales
  • Límite: tipo legal (11%) más razonable
  • Vinculados a actividad económica
  • Debidamente justificados

No deducibles:

  • Intereses usurarios
  • No vinculados a actividad
  • Sanciones y multas tributarias
  • Recargos de apremio

Registro contable:

ASIENTO AL PAGAR INTERESES:

DEBE:
(669) Otros gastos financieros    70,28€

HABER:
(572) Bancos                       70,28€

Concepto: Intereses demora factura [número]

Facturación de los intereses

¿Cómo documentar?

Opción 1: Factura rectificativa/complementaria

FACTURA COMPLEMENTARIA Nº 2025-045-INT

Concepto: Intereses de demora factura 2025-045
Período: 16/03/2025 a 30/04/2025 (46 días)
Base de cálculo: 5.000€ al 11% anual

Importe intereses: 70,28€
IVA: EXENTO (Art. 20 Ley IVA)

TOTAL: 70,28€

Opción 2: Incluir en factura final

FACTURA Nº 2025-125

Importe principal fact. 2025-045:  5.000,00€
IVA 21%:                           1.050,00€
Subtotal:                          6.050,00€

Intereses demora (11% - 46 días):     70,28€
Compensación costes Art.8:            40,00€

TOTAL A PAGAR:                     6.160,28€

Ejemplos prácticos de cálculo

Casos reales para dominar el cálculo de intereses.

Caso 1: Factura simple con retraso

Datos:

  • Factura: 3.000€
  • Vencimiento: 1 de marzo
  • Pago: 25 de marzo
  • Retraso: 24 días

Cálculo:

3.000 × 0,11 × (24/360) = 22,00€

Liquidación:
Principal: 3.000,00€
Intereses:    22,00€
Compensación: 40,00€
TOTAL:     3.062,00€

Caso 2: Factura con pagos parciales

Datos:

  • Factura: 10.000€
  • Vencimiento: 15 de febrero

Pagos realizados:

  • 1 de marzo: 4.000€ (14 días retraso)
  • 1 de abril: 6.000€ (45 días retraso)

Cálculo:

Pago 1:
4.000 × 0,11 × (14/360) = 17,11€

Pago 2: 
6.000 × 0,11 × (45/360) = 82,50€

TOTAL INTERESES: 99,61€
Compensación: 40,00€
TOTAL EXTRA: 139,61€

Caso 3: Retraso prolongado

Datos:

  • Factura: 8.000€
  • Vencimiento: 1 de enero 2025
  • Pago: 1 de julio 2025
  • Retraso: 181 días (6 meses)

Cálculo:

8.000 × 0,11 × (181/360) = 442,44€

Liquidación:
Principal: 8.000,00€
Intereses:   442,44€
Compensación: 40,00€
TOTAL:     8.482,44€

% sobre principal: 5,53%

Caso 4: Interés pactado superior

Datos:

  • Factura: 5.000€
  • Vencimiento: 1 de marzo
  • Pago: 1 de mayo (60 días retraso)
  • Interés pactado: 15% anual

Cálculo:

5.000 × 0,15 × (60/360) = 125,00€

Vs interés legal:
5.000 × 0,11 × (60/360) = 91,67€

Diferencia a favor: 33,33€ más

Liquidación:
Principal: 5.000,00€
Intereses (15%): 125,00€
Compensación: 40,00€
TOTAL: 5.165,00€

Preguntas frecuentes sobre intereses de demora

¿Los intereses de demora se calculan sobre el IVA también?

No, los intereses de demora se calculan únicamente sobre el importe principal de la factura sin incluir el IVA. La base de cálculo es siempre la base imponible (cantidad antes de IVA). Por ejemplo, en una factura de 1.000€ + 210€ IVA = 1.210€ total, los intereses se calculan solo sobre 1.000€. El IVA es un impuesto que se traslada a Hacienda, no forma parte del precio de la operación a efectos de intereses. Si la factura incluye descuentos, retenciones IRPF u otros conceptos, la base de cálculo es el neto final sin IVA que debe pagar el cliente.

¿Desde cuándo empiezan a contar los intereses de demora?

Los intereses de demora empiezan a contarse automáticamente desde el día siguiente al vencimiento del plazo de pago, sin necesidad de requerimiento previo ni notificación al deudor. Si una factura vence el 15 de marzo, los intereses comienzan el 16 de marzo a las 00:00 horas. No hace falta enviar ningún aviso para que se generen, es un efecto legal automático. Si el día de vencimiento cae en festivo, sábado o domingo, se traslada al siguiente día hábil, pero los intereses comienzan desde ese día hábil de vencimiento efectivo. El cómputo continúa hasta el día del pago efectivo (inclusive) o hasta la reclamación judicial.

¿Puedo cobrar intereses sobre los intereses ya generados?

No, los intereses de demora NO generan nuevos intereses automáticamente (prohibición de anatocismo). Los intereses siempre se calculan sobre el capital principal original, no sobre los intereses acumulados. La única excepción es si existe un pacto expreso posterior al vencimiento o en reclamación judicial donde el juez puede condenar a intereses desde la demanda. Por ejemplo, si una deuda de 10.000€ genera 1.000€ de intereses el primer año, el segundo año los intereses se siguen calculando sobre 10.000€ (no sobre 11.000€). Esta regla protege al deudor de espirales de deuda exponencial.

¿Tengo que emitir factura por los intereses de demora cobrados?

Sí, los intereses de demora cobrados deben documentarse mediante factura o documento equivalente. Puedes hacerlo de dos formas: emitir una factura complementaria específica solo con los intereses (exentos de IVA), o incluir los intereses como concepto adicional en una factura posterior. Los intereses de demora están exentos de IVA según el Art. 20.Uno.18º de la Ley del IVA, por lo que no debes repercutir IVA sobre ellos. Sí debes declararlos como ingresos en tu IRPF (autónomos) o Impuesto de Sociedades (empresas) en el ejercicio en que los cobres. Mantenlos separados conceptualmente del principal para claridad contable y fiscal.

¿Qué pasa si el contrato dice que no se cobrarán intereses?

Cualquier cláusula contractual que establezca la renuncia a intereses de demora o fije un tipo inferior al 11% legal en operaciones comerciales entre empresas es nula de pleno derecho. La Ley 3/2004 es de orden público e imperativa, no puede evitarse por pacto privado. Aunque el contrato diga "no se aplicarán intereses por retraso", el acreedor tiene derecho a reclamar el 11% desde el vencimiento. Solo es válido pactar intereses superiores al legal (siempre que no sean usurarios). Si un juez analiza la cláusula, la declarará nula y aplicará el 11% legal automáticamente. Esta protección existe para evitar que grandes empresas impongan condiciones abusivas a proveedores pequeños.

Conclusión

Los intereses de demora son un derecho legal automático que protege a acreedores frente a la morosidad comercial. Con una tasa del 11% anual en 2025 para operaciones entre empresas, representan tanto una compensación económica real como un elemento disuasorio contra los pagos tardíos.

La clave para aprovechar este derecho está en conocer exactamente cómo calcularlos (Capital × 0,11 × Días/360), desde cuándo se aplican (día siguiente al vencimiento), y cómo reclamarlos correctamente (incluidos en requerimientos y demandas). No requieren reclamación previa para generarse, pero sí documentación adecuada para cobrarlos efectivamente.

Recuerda que los intereses se calculan solo sobre el importe principal sin IVA, están exentos de IVA al cobrarlos, son ingresos tributables, y no generan intereses sobre intereses salvo pacto o sentencia judicial. Los pactos de renuncia a estos intereses son nulos en operaciones comerciales B2B.

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Referencias bibliográficas

Dario Herrera

Foundador

Profesional con sólida experiencia en gestión de proyectos y desarrollo de soluciones tecnológicas enfocadas en la optimización de procesos y la implementación de estrategias innovadoras. He liderado equipos multidisciplinarios impulsando la eficiencia operativa y maximizando el retorno de inversión (ROI) en sectores como energía, finanzas y tecnología.
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